Creación de una revisión judicial y petición al tribunal

Se crea primero una revisión judicial para apelar decisiones en una solicitud denegada de programa, caso de entrega de producto, recurso de apelación anterior o caso de problema. A la nueva revisión judicial pueden añadirse otras solicitudes de programas denegadas y otros casos o casos de problemas. Al añadir otros elementos a una revisión judicial, necesitan ser considerados en la audiencia celebrada para la revisión judicial. Los elementos adicionales que se añadan al caso de audiencia pueden ser de otro demandante diferente.

Las apelaciones de revisión judicial sólo pueden crearse en casos de problemas que tiene una resolución aprobada. Para obtener más información sobre las resoluciones casos de problemas, consulte la Guía de Cúram Issue Management.

Cuando se crea una revisión judicial, el usuario especifica el demandante de la apelación, el demandado y los detalles de la apelación. Entre los detalles de la apelación se incluyen el nivel de dificultad que se estima para la apelación, la razón de esta, alguna emergencia que haya asociada, por ejemplo, amenaza de fuga, si el demandante desea o no continuar con las prestaciones durante la duración de la apelación y fechas importantes. Se registra la fecha en la que se recibe la solicitud de apelación en la organización. Si se crea la revisión judicial para una solicitud de programa denegada, entrega de producto o recurso de apelación anterior, se especifica la fecha en la que se hizo efectiva la decisión sobre el elemento original apelado. Si se crea la revisión judicial para un caso de problema, se registra la fecha en la que se aprobó la resolución del problema.

Si la organización es el demandante, el propietario del caso de revisión judicial puede solicitar que el sistema imprima una petición al tribunal como parte del proceso de creación de la apelación. La petición al tribunal puede adjuntarse a la apelación de revisión judicial. La petición puede completarse y enviarse a la corte.

Si la organización no es el demandante, el caso de revisión judicial se crea después de que el tribunal notifique a la organización que el demandante ha pedido una apelación. Al participante en el caso se le notifica que se ha creado el caso de apelación de revisión judicial.