Admisión interjurisdiccional

La Admisión interjurisdiccional (IJ) se crea cuando una agencia de servicios infantiles recibe una solicitud de servicios de una agencia de servicios infantiles de otra jurisdicción. Una admisión de tipo IJ requiere la transferencia de un caso de bienestar infantil de una jurisdicción a otra. En estos casos, las jurisdicciones se suelen definir como las autoridades legales de zonas geográficas diferentes, tales como, provincias, estados o municipalidades.